A la hora de pedir un presupuesto para la instalación de un elevador, nos podemos encontrar con dos opciones; la instalación de un elevador o de un ascensor. Por ello queremos explicaros las diferencias entre éstos.

En muchas ocasiones la decisión de instalar uno u otro es en función del presupuesto, pero hay que tener en cuenta que se trata de dos sistemas semejantes pero que tienen características diferenciadas. Por este motivo suelen emplearse en distintos espacios.

Ascensor:

Un ascensor tiene como principal finalidad, desplazar a personas de manera vertical. Su instalación suele hacerse en bloques de viviendas, edificios de oficinas, lugares de pública concurrencia, etc. donde el uso y el tráfico del ascensor es más intenso.

Para la instalación de un Ascensor hay que tener en cuenta que los requerimientos de seguridad y técnicos son más severos. Para la instalación de éstos hay que seguir el Real Decreto 88/2013. Éstos han de pasar inspecciones periódicas, en las que, entre otras acciones, se comprueba que el ascensor este pasando las revisiones mensuales de mantenimiento.

Dentro de los ascensores nos encontramos con dos tipos diferentes, los ascensores hidráulicos (su funcionamiento es mediante un mecanismo propio de inyección de aceite) y los eléctricos (funcionan mediante un sistema de suspensión compuesto por cabina y contrapeso). La velocidad media de un ascensor oscila entre 1 a 2 metros por segundo, lo que lo convierte en un aparato de elevación muy rápido.

La alimentación eléctrica de los ascensores suele ser trifásica, aunque en algunos casos en los que la velocidad es de 1m/s puede ser monofásica.

Elevador:

Entendemos como elevadores, todos aquellos aparatos de elevación que se rigen por la directiva de máquinas. Hoy en día los elevadores no solo sirven para elevar cargas, materiales y/o mercancías, en la actualidad han evolucionado mucho y ya son aptos para la elevación de personas. Estos elevadores suelen instalarse en viviendas unifamiliares o lugares donde el tráfico es más reducido.

Los elevadores también requieren de mantenimiento tal y como indica el Real Decreto 88/2013. La velocidad de los elevadores es de 0.15m/s, por este motivo se rigen por la Directiva 2006/42/CE relativa a máquinas. En cuanto a la alimentación eléctrica necesaria para estos elevadores es mediante sistema monofásico.

¿Y tú qué necesitas, un elevador o un ascensor? Te asesoramos sin compromiso.

Real Decreto 88/2013: https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-1969

Directiva de máquinas 2006/42/CE: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2006-81063

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