¿Sabes que, por ley, todos los ascensores han de pasar una inspección técnica periódica y tener un contrato de mantenimiento? *
Se ha acordado que en el caso de que la última Inspección Periódica realizada por los organismos oficiales, indique en el ACTA: DESFAVORABLE CON DEFECTOS GRAVES, ha de tener presente que estos defectos han de corregirse en un plazo máximo de SEIS MESES.
Una vez se han corregido dichos defectos, ha de comunicarlo al organismo de control que ha realizado la inspección, este procederá a efectuar una segunda inspección en un plazo no superior a 30 días.
Si el resultado de esta segunda inspección vuelve a ser DESFAVORABLE con defectos Graves, directamente se considera MUY GRAVE y la empresa conservadora, a instancias de los organismos de control, procederán a dejar la instalación fuera de servicio; de manera que el ascensor quedará fuera de servicio hasta que se solucionen definitivamente los defectos.
A su vez, si no se llama al organismo de inspección, estos directamente transcurridos los 6 meses hacen una nueva revisión, en el caso que el resultado sea el mismo el ascensor quedará FUERA DE SERVICIO, hasta la solución definitiva de los defectos.
*(Normativa del Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM-1 <