El reciclaje, la construcción sostenible, el cuidado del medio ambiente… todos ellos se han constituido como factores claves para la sostenibilidad del planeta, pero también existen otros aspectos de carácter social vitales para muchas personas, como es: garantizar la accesibilidad de cualquier persona a su vivienda.
Sabías que sólo el 0,6% de los más de 9,8 millones de viviendas que hay en España cumplen con los requisitos técnicos en materia de accesibilidad? Resultan increíbles estos datos en los tiempos que vivimos, pero cierto es que cada vez son mas los edificios que adecuan sus accesos para que todas las personas, incluidas aquellas que tengan algun tipo de discapacidad o tienen movilidad reducida para que puedan tener un acceso fácil a su vivienda.
Hoy en el blog de GARU te hablamos sobre los diferentes aspectos de accesibilidad que deberá tener en cuenta una comunidad de vecinos, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de todos sus residentes:
1.- La accesibilidad en las comunidades de vecinos es obligatoria por ley. Toda persona con discapacidad o mayor de 70 años tiene derecho a un acceso básico a su vivienda tal y como dicta el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre. De modo que, es necesario que todas las comunidades dispongan de una accesibilidad razonable, por lo que en caso de que no sea así deberán realizar las obras pertinentes con el objetivo de garantizar dichos derechos.
2.- Las obras más comunes en las comunidades de vecinos. Generalmente las obras más comunes que se suelen hacer son: la instalación de una rampa, de una silla salva escaleras, de una plataforma y de un ascensor que garantice una mejor movilidad por los espacios comunes del edificio.
3.- Hay muchos edificios que, por su estructura, no permiten la instalación de una rampa, que suele ser una de las principales opciones. Si este es vuestro caso siempre podéis:
- Bajar el ascensor a cota cero del portal y por lo tanto incrementar su recorrido.
- Eliminar las barreras colocando una plataforma elevadora.
- Instalar una silla salva escaleras. Cabe decir, pero qué en estos casos, si la persona va en silla de ruedas necesitará siempre de la ayuda de un tercero.
4.- Contrato Mantenimiento: Aunque no es obligatorio, es recomendable velar por el mantenimiento de los sistemas instalados, es por eso por lo que es recomendable, disponer de un contrato de mantenimiento que cuente con las máximas coberturas o necesidades de la comunidad en caso de avería.