Siempre os hablamos de la accesibilidad. ¿Pero sabéis qué es la accesibilidad?

¿Qué es la accesibilidad?

Se entiende como accesibilidad la cualidad de fácil acceso para que cualquier persona, incluidas aquellas que tengan limitaciones en la movilidad, en la comunicación o el entendimiento, puedan llegar a un lugar, servicio u objeto.

¿Qué es la accesibilidad universal?

La accesibilidad universal es aquella condición que deben cumplir todos: los entornos, los procesos, los bienes, los productos y los servicios, incluidos también objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad, comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Hay que tener en cuenta que para un 10% de la población la accesibilidad es fundamental, para un 40% es necesaria y beneficia al restante 50% de la población.

¿Qué finalidad tiene la accesibilidad?

La accesibilidad es un derecho, no es un privilegio, cuya finalidad es conseguir que todas las personas tengan las mismas oportunidades, cumpliéndose así la ley universal de accesibilidad.

Dicha Ley tiene como objeto:

“a) Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.

b) Establecer el régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.”

La accesibilidad puede ser referida en muchos ámbitos y ha de cumplirse en todos ellos:

  • Accesibilidad electrónica: toda la que tenga relación con la facilidad de acceso a contenidos de internet y acceso a TIC. Para aquellas personas que sean de edad avanzada, discapacitadas o tengan alguna privación temporal.
  • Accesibilidad en los transportes: toda la que tenga relación con los medios de transporte públicos.
  • Accesibilidad en la comunicación: todas las personas han de poder recibir información.
  • Accesibilidad urbanística: referida al medio urbano
  • Accesibilidad arquitectónica: referida a la supresión de las barreras arquitectónicas de todos los edificios, ya sean públicos como privados.

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